El Perfil profesional en la mediación familiar. Aporte a la consecución del Objetivo de Desarrollo Sostenible 16
DOI:
https://doi.org/10.58508/cultpaz.v7.185Palabras clave:
perfil profesional; mediación familiar; formación; especialización; Objetivo de Desarrollo Sostenible 16Resumen
La investigación reflexiona sobre el perfil profesional en la mediación familiar en relación a la construcción de una cultura de paz. Para esto, se presenta el caso del Estado ecuatoriano, que en las últimas décadas ha desplegado varios esfuerzos enfocados hacia la aplicación de la mediación. Desde una metodología cualitativa, bibliográfica y documental, apoyado en datos estadísticos, se realizó una revisión de la doctrina en dos períodos de tiempo: antes y después del año 2000, puesto que, la reforma en América Latina para la incorporación de mecanismos alternativos de resolución de conflictos, se produjo en la última década del siglo XIX. También se presenta la realidad legislativa en países Latinoamericanos en cuanto a la regulación de la mediación familiar, de donde, el 25% de estos, prevé la especialización de mediadores para los conflictos de orden familiar. El Estado Ecuatoriano, es uno de los primeros países en incorporar a su marco jurídico una Ley de Arbitraje y Mediación que prevé un aval académico que respalde la formación en mediación. En las últimas décadas, la Judicatura del país, ha establecido requisitos y procesos para el registro de centros de mediación con aval académico y contenidos mínimos para la formación y certificación en mediación, incrementando la oferta de formación; sin embargo, con la finalidad de contribuir hacia la consecución del Objetivo de Desarrollo Sostenible 16, Paz, Justicia e Instituciones Sólidas, el país bien podría ir caminando hacia la especialización en mediación familiar con la finalidad de asegurar un perfil profesional adecuado.
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Citas
Amaya, P. (2017). Competencias emocionales, getión de conflictos y perfil profesional del mediador/a. Universidad de Cádiz, 1-48. https://shorturl.at/xCFQ1
Cobas, M. (2014). Mediación Familiar. Algunas reflexiones sobre el tema. Rev. boliv. de derecho, 17, 32-51. http://www.scielo.org.bo/pdf/rbd/n17/n17a03.pdf
Código Orgánico de la Función Judicial [COFJ]. Ley 0 de 2009. 9 de marzo de 2009. (Ecuador).
Consejo de la Judicatura. (septiembre de 2020). Datos Estdísiticos. Gestión Centro Nacional de Mediación de la Función Judicial. Obtenido de Centro Nacional de Mediación: https://shorturl.at/wBHMS
Consejo de la Judicatura. (22 de junio de 2023). Obtenido de Unidad de Registro de Centros de Mediación. https://shorturl.at/gkxF4
Constitución de la República del Ecuador [Const]. Art. 66. 20 de octubre de 2008. (Ecuador).
Constitución de la República del Ecuador [Const]. Art. 3. 20 de octubre de 2008. (Ecuador).
Constitución de la República del Ecuador [Const]. Art. 393. 20 de octubre de 2008. (Ecuador).
Decreto 161 de 2001: Ley de Conciliación y Arbitraje. Congreso Nacional de Honduras (14 de febrero de 2001).
Decreto Ley 5 de 8 de julio de 1999: Régimen general de Arbitraje de la conciliación y de la mediación. Presidente de la República de Panamá (8 de julio de 1999).
Decreto No. 914: Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje. Asamblea Legislativa de la República de El Salvador (21 de agosto de 2002).
Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS: Reglamento de la Ley de Conciliación modificado por el Decreto Legislativo Nº 1070. Presidente de la República de Perú (30 de agosto de 2008).
Folger J. y Taylor A. (1992). Mediación Resolución de Conflictos sin Litigio. LIMUSA
García Tomé, M. (2011). Mediación familiar: ventajas, desventajas, costes y perspectivas. Miscelánea Comillas, 135, 547-567. https://shorturl.at/dfnxB
García, L. (2007). La mediación familiar: una aproximación normativa. IUS. Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla A.C, 20, 78-96.
Giménez, C. (2001). Modelos de mediación y su aplicación en mediación intercultural. Migraciones, 10, 1-32. https://shorturl.at/aKRU3
Gorjón, F. (2016). Mediación, ciencia social emergente. Revista Internacional de Trabajo Social y Ciencias Sociales, 12, 9-25.
https://revistas.uned.es/index.php/comunitania/article/view/18933/15825
Grajales, T. (2000). Tipos de Investigación. Altius, 1-4. https://cmapspublic2.ihmc.us/rid=1RM1F0L42-VZ46F4-319H/871.pdf
Guevara, G., Verdesoto, A., & Castro, N. (2020). Metodologías de investigación educativa (descriptivas, experimentales, participativas, y de investigación - acción). RECIMUNDO 4(3) 163-173. https://shorturl.at/bhnqv
Hawes, G., & Corvalán, O. (2005). Construcción de un perfil profesional. Proyecto Mecesup Tal.
Hernández, R., Fernández, C., & Baptista, P. (2014). Definiciones de los enfoques cuantitativo y cualitativo, sus similitudes y diferencias. En Metodología de la investigación (págs. 2-21). McGraw Hill Education. https://rb.gy/ockeq8
Highton, E., & Álvarez, G. (2004). Mediación para resolver conflictos. Ad hoc.
Iglesias, E. (2016). Construcción jurídica del perfil profesional de la mediación en España. La Razón Histórica, 33, 130-153. file:///D:/Documents/Downloads/LRH%2033.8.pdf
Iglesias, E., Pastor, E., & Rondón, L. (2017). Mediación como profesión emergente: actualidad formativa desde la Educación Superior. Mediaciones Sociales, XVI, 135-153. https://doi.org/10.5209/MESO.58113
Instituto Complutense de Mediación y Gestión de conflictos. (2010). Guía sobre la familia dialoga y llega a acuerdos: la mediación familiar. Dirección General de Familia, Comunidad de Madrid.
Ley 156/2022: Código de las Familias. Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba (17 de agosto de 2022).
Ley 1879 de 2002: Ley de Arbitraje y Mediación. Congreso de la Nación Paraguaya. (24 de abril de 2002).
Ley 2220 de 2022: Estatuto de conciliación. Congreso de Colombia. (30 de junio de 2022).
Ley 26589 de 2010. Mediación y Conciliación. Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina. (15 de abril de 2010).
Ley 26872 de 1997: Ley de Conciliación. Congreso de la República de Perú. (13 de noviembre de 1997).
Ley 540 de 2005: Ley de Mediación y Arbitraje. Asamblea Nacional de la República de Nicaragua (24 de junio de 2005).
Ley 708 de 2015: Ley de Conciliación y Arbitraje. Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia (25 de junio de 2015).
Ley de Arbitraje y Mediación. Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador. (14 de diciembre de 2006).
Ley de Justicia Alternativa del Distrito Federal. Tribunal Superior de Justicia de México (20 de agosto de 2015).
Ley Nº 13.140 de 2015: Ley de Mediación. Congreso Nacional del Brasil (26 de junio de 2015).
Ley No. 20286: Modificaciones orgánicas y procedimentales a la ley N° 19.968, que crea los tribunales de familia. Honorable Congreso Nacional de Chile (15 de septiembre de 2008).
Ley No. 7727: Ley sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social. Asamblea legislativa de Costa Rica (14 de enero de 1998).
Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal. Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. (2 de mayo de 2012)
López, M. (2016). La formación en habilidades mediadoras en profesionales de la salud. Análisis del proceso de transferencia y sostenibilidad. Universidad Autónoma de Barcelona, 1-230. https://ddd.uab.cat/pub/tesis/2016/hdl_10803_399785/mlr1de1.pdf
Ministerio de Educación República Dominicana. (2016). Guía práctica para el desarrollo de competencias en mediadores. Ministerio de Educación de la República Dominicana. https://www.unicef.org/Guia_Practica_Desarrollo_WEB.pdf
Ministerio de Educación República Dominicana. (2016). La mediación como herramienta de resolución de conflictos en el sistema educativo dominicano. Manual de entrenamiento para facilitares. Ministerio de Educación de la República Dominicana. https://www.unicef.org/Medicacion_Resolucion_Conflictos_WEB.pdf
Montoya, M., & Puerta, I. (2012). La mediación familiar. El encuentro de las partes como apertura a la transformación. Opinión Jurídica, XI(22), 97-114. http://www.scielo.org.co/pdf/ojum/v11n22/v11n22a07.pdf
Munuera, M. (2012). J. M. Haynes, Perlman, Chandler y otros autores internacionales en el recorrido de mediación y trabajo social. Portularia, XII(2), 102.
Novel, G. (2015). La transdisciplinariedad y multidimensionalidad de la ciencia de la mediación. La ciencia de la Mediación. Tirant lo blanch.
Ochoa, M. (2018). Mediación Familiar una alternativa para el descongestionamiento de los Juzgados de la Niñez y Adolescencia del Cantón Loja. Ámbito Jurídico, 1-10. https://n9.cl/4z739
Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura para la Educación. (1995). Estrategia a plazo medio, 1996-2001. UNESCO. Conferencia General, 28th session. UNESCO.
Ortíz, J. (2016). Estudio sistemático de la mediación familiar. Ediciones Parlamentarias de Castilla-La Mancha.
Palandri, E. (2018). Mediación: manual de formación básica. Alveroni Ediciones. Obtenido de Palandri, E. (2018). Mediación: manual de formación básica.. Alveroni Ediciones. https://elibro.puce.elogim.com/es/lc/puce/titulos/121782
Peña, M. (2014). El Proceso de Mediación, Capacidad y Habilidades del mediador. Dykinson.
Resolución A/RES/53/243 [Asamblea General de las Naciones Unidas]. Por la cual proclama la Declaración y Programa de Acción sobre una Cultura de Paz. 6 de octubre de 1999.
Resolución 026 de 2018 [Pleno del Consejo de la Judicatura]. Por la cual se expide el instructivo de registro y funcionamiento de Centros de Mediación. 20 de febrero de 2018.
Resolución 1689 de 2012 [Ministerio de Justicia y Derechos Humanos]. Por la cual se proclama el Registro Nacional de Mediación y sus requisitos. 30 de agosto de 2012.
Riera, J. (2018). La generación de confianza en la práctica de la mediación familiar: ¿Por qué las partes confían en los mediadores? [Tesis doctoral Universitat de les llles Balears]. http://hdl.handle.net/11201/149162
Ripoll-Millet, Á. (2000). Mediación familiar. Universidad de Barcelona, 1-26. https://www.avntf-evntf.com/wp-content/uploads/2016/06/Mediaci%C3%B3n-Familiar.-%C3%81lex-Ripoll-Millet.pdf
Risolía, M. (1996). Mediación Familiar: El Mediador y los intereses en juego en la mediación. Mediación: Una transformación en la cultura. Paidós Ibérica S. A.
Rodríguez, C., & Roustan, M. (2015). Rol del mediador familiar: Reflexión sobre la formación en competencias comunicativas Attributions of familiar mediation role: Reflections on communication skills training. Pensamiento Americano 8(14), 169-188. https://n9.cl/9t2vy
Romero, F. (2002). La mediación familiar. Un ejemplo de aplicación práctica: la comunicación a los hijos de la separación de los padres. El papel del mediador. Revista del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 40, 31-54. https://n9.cl/8ep0u
Ronquillo, E., Cabrera, C., & Barberán, J. (2018). Competencias profesionales: desafíos en el proceso de formación profesional. Opuntia Brava 11, 1-12. https://n9.cl/osazd
Rosales, M., & García, L. (2020). Las competencias para la formación de la persona mediadora. CUEMYC. https://cuemyc.org/wp-content/uploads/2020/06/Las-competencias-para-la-formacio%CC%81n-de-la-persona-mediadora.pdf
Ross, P., & Steele, J. (2019). El rol del mediador en el proceso de mediación de conflictos: un abordaje según la doctrina y legislación comparada. Universidad Autónoma de Nuevo León, 165-198. http://eprints.uanl.mx/18509/1/la%20transversalidad%20160%20x%20210%20%281%29.pdf#page=165
Sáenz , K. (2015). La Epistemología de la Ciencia de la mediación. La ciencia de la Mediación. Tirant lo blanch.
Silva, G. (2008). La teoría del conflicto. Un marco teórico necesario. Prolegómenos. Derechos y Valores, XI(22), 29-43. https://www.redalyc.org/pdf/876/87602203.pdf
Tejada, J. (1999). Acerca de las competencias profesionales. Revista Herramientas 1(57), 1-21. https://shorturl.at/jmpLW
Vallejo, G. (2019). La mediación familiar en el sistema jurídica español. En, Vallejo Pérez, G. (Ed.). La mediación familiar en el sistema jurídico español. Editorial Reus. https://elibro.puce.elogim.com/es/lc/puce/titulos/120933
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